Reproducción de documentos

Es un servicio arancelado y sujeto a autorización. Se tramita a través de los departamentos: Servicios al Público y Centro de Documentación, y la reproducción  digital a cargo del Departamento  Digitalización de la Biblioteca Mayor. 

En todos los casos, se rige conforme al art. 1º de la ley 11723 y las disposiciones dictadas en su consecuencia y las reformas introducidas por las mismas.  Solo pueden reproducirse aquellas obras que pertenezcan al dominio público, es decir que no comprometen la propiedad intelectual y la titularidad de la misma. Asimismo, al momento de autorizar su reproducción se tendrá en cuenta las pautas de preservación que rigen para el fondo documental de la biblioteca, particularmente el estado físico de los ejemplares y/ o trascendencia patrimonial de la obra. 

Reproducción de artículos de publicaciones periódicas
Para reproducir un artículo, el usuario debe completar la Solicitud de Reproducciones del Departamento Centro de Documentación, debiendo completar los siguientes datos:  fecha del diario y/o revistas, título del diario y/o revista, columna nº y título de la nota o artículo que desea una copia. La reproducción será digital y almacenado en CD, DVD, pendrive y/o por correo electrónico. Está permitido reproducir el artículo completo.

Reproducción de material bibliográfico (libro): el usuario debe completar la Solicitud de Reproducciones (Material monográfico) del Departamento de Servicios al Público
Solo está permitido reproducir hasta 10 páginas como máximo, por obra.